Tras la caída de un capo: el verdadero examen del Estado de derecho 

Punto de En-Roque 

Por Edith Roque Huerta, analista jurídica.  

Cuando cae un capo —por detención o abatimiento— el hecho suele presentarse como victoria táctica. Pero en términos constitucionales, el verdadero momento crítico comienza después. El Estado no solo debe demostrar capacidad coercitiva; debe cumplir con un haz de obligaciones jurídicas orientadas a proteger a la ciudadanía, especialmente a niñas, niños y adolescentes, y a salvaguardar el Estado de derecho. 

El punto de partida es el artículo 21 constitucional: la seguridad pública es función del Estado para salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas. Esta cláusula impone deberes positivos. Tras la caída de un liderazgo criminal, el gobierno debe prevenir reacomodos violentos mediante inteligencia estratégica, despliegue coordinado y presencia institucional sostenida. No se trata de operativos reactivos, sino de estabilización territorial con enfoque civil y profesional. 

Segundo, la desarticulación patrimonial. El artículo 22 constitucional habilita la extinción de dominio sobre bienes vinculados a actividades ilícitas. Congelar cuentas, asegurar inmuebles, rastrear flujos financieros y judicializar redes de lavado son acciones indispensables. Si el patrimonio ilícito subsiste, la organización se recompone. La política criminal eficaz es estructural: persigue personas y también circuitos económicos. 

Tercero, la depuración institucional. El artículo 109 constitucional y la Ley General de Responsabilidades Administrativas obligan a investigar y sancionar a servidores públicos que incurran en corrupción. Ninguna estructura criminal de gran escala prospera sin omisiones o complicidades. Reforzar controles internos, sistemas de integridad, declaraciones patrimoniales y mecanismos de denuncia protegida es un deber jurídico, no una opción política. Castigar a funcionarios corruptos no es ejemplaridad simbólica; es condición para romper la captura institucional. 

Cuarto, el interés superior de la niñez. El artículo 4º constitucional y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes imponen al Estado obligaciones reforzadas de protección. Tras un reacomodo criminal, aumentan riesgos de reclutamiento forzado, desplazamiento interno, abandono escolar y trauma psicosocial. Deben activarse protocolos de prevención del reclutamiento, atención psicológica, continuidad educativa y medidas de protección especial en zonas de alta violencia. La protección de menores no puede ser residual. 

Quinto, el debido proceso y la profesionalización ministerial. La eficacia no puede construirse a costa de garantías. Integración sólida de carpetas, cadena de custodia, peritajes robustos y litigación estratégica son indispensables para evitar nulidades. El respeto a derechos humanos fortalece, no debilita, la legitimidad de la respuesta penal. Un Estado que viola garantías para combatir el crimen erosiona el propio Estado de derecho que dice defender. 

Sexto, coordinación intergubernamental. El Sistema Nacional de Seguridad Pública, previsto en el artículo 21, exige articulación entre federación, entidades y municipios. La fragmentación competencial produce vacíos que el crimen explota. La caída de un capo demanda mesas operativas permanentes, intercambio de inteligencia y metas verificables de reducción de violencia. 

Séptimo, transparencia y rendición de cuentas. El artículo 6º constitucional consagra el derecho de acceso a la información. Informar sobre resultados estructurales —aseguramientos patrimoniales, sentencias, depuración institucional— fortalece la confianza pública. La narrativa de éxito debe acompañarse de indicadores verificables. 

La prevención social. La seguridad es también política pública transversal. Programas focalizados en educación, empleo juvenil y recuperación de espacios públicos reducen la oferta de reclutamiento criminal. La rectoría del desarrollo nacional (artículo 25) no es ajena a la seguridad: sin oportunidades legítimas, la violencia encuentra terreno fértil. 

El desafío es fortalecer instituciones íntegras, sancionar la corrupción, garantizar justicia efectiva y apostar por prevención social son pilares de una auténtica cultura de paz. La seguridad sostenible no se construye únicamente con fuerza, sino con legalidad, oportunidades y confianza ciudadana. 

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