- Para integrantes de la coalición opositora los números son claros, Morena y sus aliados deben de tener el 54 por ciento en el Congreso de la Unión y no más del 70 por ciento que pretenden
- “Levantamos la voz y lucharemos para no permitir que se pisotee la voluntad de las y los ciudadanos con una interpretación mañosa de la Constitución”: FRA
Por Mario Díaz (El Master).-
La plana mayor de la oposición de Jalisco encabezados por integrantes del Partido Acción Nacional realizaron una rueda de prensa en donde dejaron en claro que los consejeros del INE deben de apegarse a lo que señala la constitución en materia de sobre representación en el Congreso de la Unión y no caer en presiones que surgen desde Palacio Nacional.
El senador electo y ex gobernador de Jalisco, Francisco Ramírez Acuña, indicó que es fundamental entender, que partido y coalición no significan lo mismo, y que se realizó la modificación debida a la ley, para evitar redundancia al momento de aplicar la norma, así como malas interpretaciones. También señaló que indebidamente desde la presidencia del Instituto Nacional Electoral y desde la Secretaría de Gobernación, se ha venido insistiendo de una urgente sobrerrepresentación en términos que benefician al partido en el poder.

Abrió el tema el profesor en derecho de la Universidad de Guadalajara Óscar Constantino Gutiérrez, quien destacó que los números y porcentaje son fríos, en donde la coalición ganadora (Sigamos haciendo historia) obtuvo el 54.7 por ciento de la votación, mientras que la coalición Fuerza y Corazón por México obtuvo el 45.3 por ciento.
Con esto de por medio Constantito Gutiérrez recuerda que ningún partido de la coalición ganadora participó con candidatos a diputados por mayoría relativa en por lo menos 200 distritos uninominales, como lo exige la Constitución en el artículo 54 fracción primera, para poder registrar una lista de candidatos plurinominales. Y que el único partico que participó con candidatos en 200 distritos fue Movimiento Ciudadano.
También aclaró que después de Morena el partido que obtuvo más votos en distritos fue Acción Nacional. Por lo que “las implicaciones son las siguientes, la coalición ganadora pretende que se asignen diputados de representación proporcional en 20 por ciento por encima de su votación, de cumplirse esto el Partido Verde Ecologista de México que quedó en quinto lugar sería la segunda bancada de la Cámara con 75 diputados; el PAN que fue la segunda fuerza en votos sería desplazado; el PT que quedó en último lugar obtendría 50 diputados y estaría en cuarto lugar, por encima del MC y del PRI, cuando el primero de estos dos partidos duplicó en votos al PT”.
Constitución
El catedrático explica que la constitución expone lo siguiente y que da coherencia jurídica a su dicho:
“Un partido político para el registro de las listas plurinominales, debe de acreditar que participa con candidatos a diputados con mayoría relativa en por lo menos 200 distritos. En ningún caso un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios mayoría relativa y representación proporcional que representen un porcentaje de la Cámara que exceda en ocho puntos su porcentaje de votación”.


“Es decir, si tienen el 54 por ciento no tendrían por qué tener más del 62 por ciento. Ningún partido político podrá contar con más de 300 diputados por ambos principios. Dado que Morena y sus aliados no participaron con candidatos en 200 distritos uninominales, no tendrían derecho a tener diputados de representación proporcional. Ni siquiera se debieron de registrar las listas porque no presentaron como partidos a estos 200 candidatos a distritos (que exige la Constitución)”.
Agrega que la figura de la coalición no está señalada en el Sistema Constitucional de asignación de diputados plurinominales, no está en la Constitución. El que se le dé a cada partido un ocho por ciento se consideraría inconstitucional, porque su registro de 200 candidaturas señaladas no se cumplió.
Aunado a lo anterior destaca que la figura de coalición es infra-constitucional, “no está en la Constitución y por lo tanto su interpretación y existencia debe corresponder a lo que la Constitución señala expresamente, como no se pueden quedar vacantes las plurinominales se debe de preguntar con qué figura se compitió en los 200 distritos de mayoría relativa que exige la Constitución. Es un tema de Derechos Humanos, toda sobre representación es un privilegio y toda sub representación en una disminución de derechos políticos”.
Jurisprudencia
Para Fernando Guzmán Pérez Peláez, ex Secretario General de Gobierno, fue evidente que se vivió una elección de estado en donde se vio que la campaña presidencial (de Morena) empezó dos años antes; se vio que el presidente tuvo injerencia durante todo el proceso, descalificando a la opositora (Xóchitl Gálvez) una y otra vez; que se manejaron los programas sociales con presión sobre los electores, “pero a fin de cuentas se dio la elección y ahí está el resultado 54 por ciento para la coalición de Morena y 46 para la oposición, quiere llevarse este 54 por ciento a un 75 por ciento de la representación en la cámara y disminuir al 25 por ciento, esto violenta el espíritu de la Constitución”.

“A Olga Sánchez Cordero como ministra, ante una queja presentada por el PRD que presidía Andrés Manuel López Obrador, en donde se quejaba de la posibilidad de la sobre representación en Quintana Roo y dice la ministra: A la hora de calificarse la elección debe atenderse no solo al texto constitucional literal, sino al contexto de la propia norma a los fines y objetivos que se persiguen con el principio de la representación proporcional y al valor del pluralismo jurídico que es el bien jurídico que se tutela”.
“Fue ella quien resolvió favorablemente a la solicitud que hizo en su momento el presidente del PRD, ahora está haciendo las cosas de manera distinto queriendo pisotear la voluntad ciudadana”.
Alzar la voz
Finalmente, Francisco Ramírez Acuña, fue puntual al exponer:
“Por supuesto que hay dolo en la manera en que el propio gobierno pretende hacernos creer que debe de aplicarse la Constitución. Es fundamental entender que coalición y partido significan lo mismo. Es claro que el artículo 54 de la Constitución fracción I y V dice cómo se debe de aplicar y de qué forma se debe de interpretar el tema de la sobre representación”.
“Que sepa el presidente de la república que no estaremos de brazos cruzados, todos los partidos políticos debemos de mantener una posición muy clara, toda la sociedad debemos de levantar la voz para decir no a la sobre representación en los términos que quiere el presidente, su partido y sus colaboradores en ambas cámaras. Se convocará a la ciudadanía a salir a las calles y exigir a un gobierno dictatorial que modifique sus conductas para que todos seamos escuchados en el congreso de la unión y en los estados. Levantamos la voz y lucharemos para no permitir que se pisotee la voluntad de las y los ciudadanos con una interpretación mañosa de la Constitución”.
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