Los VEMP no serán incorporados al padrón vehicular en Jalisco, no utilizarán placas y tampoco será necesaria una licencia para conducirlos
Por Juan Carlos Huerta Vázquez.-
Guadalajara, Jalisco a 25 de septiembre de 2026. El dictamen los define como vehículos eléctricos de movilidad personal, y establece restricciones para su circulación en avenidas, y pasos a desnivel, también tendrán prohibido transitar por las ciclovías, si exceden los 25 kilómetros por hora, y deberán sujetarse a las reglas de circulación aplicables a los vehículos motorizados convencionales.

Con 20 votos a favor, 14 en contra y una abstención, el Congreso del Estado de Jalisco aprobó una reforma a la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte para regular los Vehículos Eléctricos de Movilidad Personal (VEMP), como patines, monopatines y scooters eléctricos, ante el crecimiento de estas alternativas de transporte en las calles de la entidad.
La reforma establece que estos vehículos ocuparán el tercer nivel de la jerarquía de movilidad, por debajo de peatones y ciclistas, pero con prelación frente a los vehículos motorizados particulares. Entre las principales disposiciones se establece una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora para circular por ciclovías y vías preferentes, así como una edad mínima de 14 años para sus conductores.
«Veinticinco kilómetros por hora es la frontera. Por debajo hablamos de movilidad activa y por encima hablamos de un vehículo de motor, con todo lo que eso implica», explicó la diputada Alejandra Giadans, presidenta de la Comisión de Movilidad y Transporte.
La reforma también prohíbe la circulación de estos dispositivos en vías rápidas con límites superiores a 50 kilómetros por hora, además de puentes, túneles y pasos a desnivel. Los vehículos eléctricos capaces de superar los 40 kilómetros por hora no podrán utilizarse en la vía pública y quedarán restringidos a espacios cerrados o predios privados.

Espacios públicos
Las banquetas, plazas públicas y andadores peatonales tampoco podrán ser utilizados por los VEMP, independientemente de su velocidad. La diputada Alejandra Giadans precisó que “la banqueta queda cerrada para todos, sin importar la velocidad del vehículo”, por lo que quienes necesiten ingresar a estos espacios deberán apagar el equipo y avanzar a pie, salvo las personas con discapacidad que los utilicen como apoyo para desplazarse.
El dictamen contempla además obligaciones de seguridad, como contar con luz frontal y trasera, señalización de frenado, timbre o advertencia sonora no estridente y elementos reflejantes. También establece capacidad para una sola persona, prohíbe conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas y contempla la revisión periódica de baterías para prevenir cortocircuitos e incendios.
En materia de intermodalidad, los usuarios podrán ingresar con sus vehículos al transporte público colectivo y masivo, como Mi Tren, siempre que sean trasladados debidamente plegados. También se prevén espacios exclusivos y seguros para su estacionamiento, que no podrán ser ocupados por otros automotores.
«El orden importa porque define a quién protege primero la ciudad. Quien camina va adelante, y quien se mueve con motor eléctrico aprende a cederle el paso», sostuvo Giadans.
La legisladora agregó que la regulación también reconoce derechos para quienes utilizan estos vehículos, entre ellos circular por la red de ciclovías y zonas de circulación preferente, acceder a espacios de estacionamiento y participar en cursos de manejo seguro promovidos por el Ejecutivo estatal y los municipios.
«Hoy le dimos nombre, lugar y reglas a un vehículo que ya era parte de la vida diaria de miles de personas. Lo que sigue es que cada municipio haga su parte para que la norma se note en la calle», subrayó.
Por su parte, la diputada Mónica Magaña, aclaró que el proceso comenzó desde la legislatura anterior y que la propuesta fue presentada formalmente en mayo de 2025 para incorporar a la legislación una modalidad de movilidad que ya forma parte de las calles de Jalisco.
La reforma también contempla capacitación, educación y cultura vial, así como medidas para prevenir siniestros y fortalecer la convivencia entre peatones, ciclistas, usuarios de transporte público y conductores de vehículos motorizados.
A diferencia de la regulación vigente en Ciudad de México, los VEMP no serán incorporados al padrón vehicular en Jalisco, no utilizarán placas y tampoco será necesaria una licencia para conducirlos.
El decreto entrará en vigor una vez publicado en el periódico oficial. A partir de esa fecha, los 125 ayuntamientos tendrán 180 días para armonizar sus reglamentos municipales de movilidad y justicia cívica con las nuevas disposiciones.
A los municipios se les concede la facultad de fijar los montos y tipos de sanción en sus normativas, y cuentan con un plazo de seis meses para realizar las adecuaciones correspondientes en sus reglamentos de tránsito y vialidad.
Hasta el momento, solo la Ciudad de México contaba con una regulación, y diferencia de la capital del país, en Jalisco no se integran al padrón vehicular, ni usarán placas; tampoco se requerirá una licencia para conducir estos vehículos.
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