Presentan en el Congreso reforma para ley “anti Lomelí” contra violencia política 

La diputada Brenda Carrera presentó una iniciativa de Decreto donde pretende impedir que se tomen represalias contra el libre derecho a ejercer funciones y cargos públicos por tintes políticos 

Por Mario Díaz (El Master).- 

Brenda Carrera García, diputada local por Morena ha sido víctima de algunos usos y costumbres del ejercicio del poder y político en México, la han querido someter y alinear a los deseos de un ente político aparentemente superior, esto lo ha denunciado en varias ocasiones desde que la dirigencia estatal a cargo de Érika Pérez García, inició ante la Comisión de Honor y Justicia de Morena un proceso de expulsión de la legisladora por haber votado en contra de la orden girada por el coordinador de la bancada Miguel de la Rosa, a su vez instruido –como ha señalado Carrera García – por el Senador Carlos Lomelí Bolaños.  

Quien también fue reprendido por votar a favor de la reestructuración de la deuda de Jalisco y contra los deseos de estos personajes fue el también diputado local Sergio Martín Castellanos a quien de igual manera pretendían expulsar de Morena, aunque este legislador pronto les aclaró que él es del Partido del Trabajo

Otro caso similar es el del diputado Alberto Alfaro García, quien preside la comisión legislativa de Vigilancia, cargo que, a decir de los implicados, el mismo Carlos Lomelí había prometido a la diputada Itzul Barrera dado un acuerdo con el senador Adán Augusto. En votación interna Alfaro logró la comisión lo que inició una serie de llamadas para que declinara dicha posición, el diputado por San Pedro Tlaquepaque se mantuvo firme y desde entonces no es convocado a las ruedas de prensa de su partido o las que realizaba Lomelí. 

De lo anterior es que en los pasillos del Congreso se le diera ya ese distintivo “Ley anti Carlos Lomelí”, aunque este tema no es privativo de Morena, se recuerdan a los panistas Manuel Castelazo y Cyrano Padilla quienes votaron a conciencia en contra de la mayoría albiazul y como consecuencia prefirieron separarse de su partido. 

En tribuna la diputada Brenda Carrera señaló que la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos preceptúa que todo ciudadano tiene derecho a votar y ser votado y una vez que la persona fue electa, esta tiene derecho a desempeñar el cargo sin más limitaciones que las que marca la misma ley. 

Es derecho 

Una de las formas en que debe de establecerse el desempeño del cargo es que nadie les limite la manera en que lo tienen que desempeñar es mediante EL DERECHO HUMANO DE ÍNDOLE POLÍTICO-ELECTORAL DE SER VOTADO, EN SU VERTIENTE DE EJERCICIO EFECTIVO DEL CARGO Y DE REPRESENTACIÓN DE LA CIUDADANÍA, tal y como lo estableció la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al emitir la jurisprudencia en materia electoral 2/2022. 

“Es decir, no solamente se encuentra consagrado en nuestra constitución el derecho a votar y ser votado, sino también el derecho a ejercer el cargo para el cual fue electo sin más limitaciones que las que contemple la ley, pero eso en la vida real no aplica”. 

“Siempre se ha escuchado que existen funcionarios públicos que son presionados por actores políticos externos que pretenden que su desempeño sea acorde al que ellos quieren que sea, es decir, quieren que el servidor público se desempeñe como si esas personas fueran las que están en los puestos públicos y que sienten que los tienen que obedecer”. 

Brenda Carrera dejó en claro que se sabe que cuando estas personas no logran someter a algún servidor público para que este haga lo que ellos quieren, inicia hacia esa persona una serie de conductas, persecución y hostigamientos que impiden que esa persona realice las funciones para las que fue electa. 

“Ya sea que (el o la funcionaria) no sea informada sobre los temas que deberán desahogarse o que no se les invite a reuniones de trabajo para estar informados sobre la manera en la que se deberán desahogar algunos asuntos de su competencia”. 

Puntualizó que la legislación actual, aunque ya contempla la violencia política, pero solo se considera cuando se discrimina a la mujer por su condición, pero no se cuenta con algún supuesto en el que se pueda castigar a alguien que realiza violencia política a algún Servidor Público porque este no hace lo que otro le ordena. 

“Lo que se pretende hacer mediante la presente iniciativa, es que se castigue a esas personas que pudiendo ser o no servidores públicos, pretenden que los que sí lo son y ejercen un cargo de elección popular, hagan lo ellos les dicten o de lo contrario aplicaran violencia por diferentes medios hasta lograr su cometido o lo hacen para que sirva de escarmiento a quien tiene dudas sobre si obedecer las órdenes de esos poderes facticos o no”. 

Considera en su iniciativa que a estos violentadores se les niegue el registro para que contiendan para cualquier cargo de elección popular cuando se compruebe mediante sentencia firme que esta persona cometió violencia política en contra del libre ejercicio del cargo en contra de alguna persona que ejerza un cargo de elección popular. 

Para lograr lo anterior, busca adicionar una nueva fracción al artículo dos del Código Electoral y de Participación Social de Estado de Jalisco con la finalidad de insertar el concepto de Violencia Política en Contra del Libre Ejercicio del Cargo, y que quien la ejerza no pueda contender para un cargo de elección popular en el Estado y que especifica: 

Violencia política en contra del libre ejercicio del cargo: Impedir o tratar de impedir, por cualquier medio, que las personas electas a cualquier puesto o cargo público tomen protesta de su encargo, asistan a las sesiones ordinarias o extraordinarias o a cualquier otra actividad que implique la toma de decisiones y el ejercicio del cargo impidiendo, suprimiendo o coaccionando su derecho a voz y voto

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