Acusan dilación en amparos contra el gasolinazo

Juan Carlos Huerta Vázquez

Ciudadanos de jalisco, que recurrieron al amparo contra los efectos del llamado ‘gasolinazo’ se quejan de dilación de la justicia por la determinación del Consejo de la Judicatura Federal, que ordenó reservar sus asuntos, para presuntamente remitirlos a un solo órgano jurisdiccional.

Daniel Hernández Silva, estudiante de derecho de la Universidad de Guadalajara, se queja del ‘congelamiento’ de su recurso; él fue el primero en promover el amparo en Jalisco, y el texto de su petición de juicio de garantías se convirtió en machote de otras mil personas que se inconformaron por la vía judicial, contra el alza en el costo del combustible automotriz; el Juicio de Garantías 44/2017 fue conocido por el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa y del Trabajo del tercer Circuito, «el tema del gasolinazo, judicialmente, está agarrado de las manos, es decir no se va a poder tener una solución hasta que el Consejo de la Judicatura Federal emita un Acuerdo General para que nos señale quien va a ser el competente de conocer las demandas de amparo», dijo.

El juzgado de origen se declaró incompetente para conocer y llevar a cabo el proceso, por lo que se trasladó el expediente al Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República.

El caso se declaró en reserva hasta que se publique el acuerdo de competencia para que algún juzgado o tribunal conozca de los asuntos relativos a la causa, según un aviso de la Secretaria Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos, dependiente del Consejo de la Judicatura Federal, emitido con fecha del 7 de febrero de 2017, «se solicita a los órganos jurisdiccionales y oficinas de correspondencia común en la República Mexicana, a partir de hoy, reserven el envío de las demandas en las que se señale como acto reclamado entre otros, la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio 2017; la Ley de Hidrocarburos; el acuerdo que establece el precio máximo de la gasolina; y el acuerdo que establece la flexibilización de precios de las gasolinas y diesel.

El juicio de garantías, interpuesto por el quejoso alude que el párrafo tres del artículo 28 de la Constitución Política marca: “los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular”, como es el caso de la gasolina, que debe tener un precio máximo marcado por las leyes.

Daniel Hernández Silva asegura que cerca de mil amparos interpuestos en Jalisco, elaborados bajo su machote, corrieron la misma suerte, y agrega que a nivel nacional se han interpuesto 8 mil recursos contra el incremento en el costo del hidrocarburo y su liberalización de precio, «lo que busco con esta demanda de amparo es que se cumpla con un artículo de la constitución y tener la certeza como consumidores de un precio definido de un insumo tan importante».

Casos rechazados
El 27 de enero pasado el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, rechazó 50 demandas de amparo promovidas en contra del nuevo diseño de la política económica en materia de determinación de precios de las gasolinas, y se ha negado a admitir número indeterminado de peticiones.

La causal de improcedencia se sustenta en el artículo 61, de la Ley de Amparo, las sentencias precisan que las políticas de Estado solo pueden ser instrumentadas por una autoridad investida de poder público y de legitimidad gubernamental; y que ello constituye un obstáculo jurídico para instruir a los órganos de Estado, señalados como autoridades responsables, que adopten ciertas políticas públicas o medidas de carácter económico, pues sería tanto como sustituirse en la competencia de los Poderes Ejecutivo y Legislativo.

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