Quieren facilitar la nacionalidad a jaliscienses nacidos en el extranjero  

Para la diputada Candelaria Ochoa se debe homologar la ley estatal con al federal y eliminar del Registro Civil del Estado de Jalisco la apostilla para obtener certificado de identidad estatal

Por Mario Díaz (El Master).- 

Candelaria Ochoa Ávalos, a los jaliscienses nacidos en el extranjero que deseen gozar de la nacionalidad mexicana se les debe de facilitar este reconocimiento y el Estado de Jalisco tiene que homologar su ley de Registro Civil a la federal al eliminar la apostilla para solicitar este trámite. 

“El registro de nacimiento es una de las principales bases del ejercicio de los derechos fundamentales de los seres humanos, es crucial no solo para poder acceder a servicios públicos como la educación, la salud o la seguridad social, sino también para participar plenamente en la vida política, económica y social del país”.  

En la pasada sesión del Pleno en el Congreso del Estado, en tribuna destacó que, en particular, las y los mexicanos nacidos en el extranjero enfrentan diversas barreras legales y administrativas para obtener su acta de nacimiento mexicana y ser reconocidos como ciudadanos. 

Hizo hincapié en que la apostilla se convierte en un obstáculo adicional para quienes ya enfrentan retos derivados de su condición de migrantes, lo que, a su vez, afecta su acceso a derechos fundamentales en México.  

“Por lo que la necesidad de modificar y simplificar este proceso se ha vuelto aún más urgente en el contexto de la creciente migración internacional y la presencia de miles de mexicanos que residen fuera del país, muchos de ellos en condiciones de vulnerabilidad”. 

“La propuesta responde a la necesidad de simplificar el proceso de registro de nacimiento o primer documento de derecho a la identidad, acorde con la legislación federal, que desde junio de 2024 elimina la exigencia de apostilla en estos casos. Esta reforma no solo tiene un impacto directo en la vida de los migrantes, sino también en sus hijos, quienes en muchos casos no están registrados legalmente en México”.  

En la iniciativa de Decreto detalla:  

Artículo 41 Bis.- Las personas nacidas fuera del territorio nacional, que sean hijos de padre o madre mexicanos, tendrán derecho a que se les expida acta de nacimiento en el Estado de Jalisco, asentando los apellidos de ambos padres y nombres completos de los ascendientes de conformidad con la legislación aplicable. 

Tratándose de documentos de nacimiento que acrediten la nacionalidad e identidad de personas mexicanas nacidas en el extranjero o migrantes en retorno de nacionalidad mexicana, no se requerirá de la legalización consular o de la apostilla. Bastará con presentar el certificado de nacimiento extranjero y el acta de nacimiento del padre o madre mexicanos para acreditar su identidad y su nacionalidad mexicana con el fin de obtener el registro de su nacimiento, y se guardará copia de los documentos presentados en el apéndice en el apéndice del archivo del Registro Civil que levante el acto. 

El registro de acta de nacimiento de hijos de mexicanos nacidos en el extranjero puede ser solicitado de manera presencial o por medio de carta poder simple. 

Apostilla  

Cabe aclarar que la apostilla de documentos extranjeros se realiza para certificar la autenticidad de la firma y el sello de un documento público. Esto permite que el documento tenga validez legal en otros países que forman parte del Convenio de La Haya de 1961.  

En México, la apostilla de documentos federales se realiza en la Dirección de Coordinación Política con los Poderes de la Unión de la Secretaría de Gobernación. Para los documentos estatales, se realiza en la Secretaría de Gobierno del Estado donde se expidió el documento. 

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